Conoce la documentación necesaria:
Para que Fundae reconozca oficialmente esta condición, la empresa debe adjuntar en el apartado Observaciones de su ficha los siguientes tres documentos:
- Resolución de Inscripción del Empresario o Reanudación de Actividad
Este documento emitido por la Seguridad Social acredita la fecha de alta en el sistema y marca el inicio de la actividad económica. Fundae lo utiliza para determinar desde cuándo la empresa puede generar crédito de formación.
- Primer recibo de liquidación de cotizaciones
Tal como establece el artículo 11.2.b) de la Orden TAS 2307/2007, este recibo confirma que la empresa ha comenzado a cotizar y, por tanto, puede ser considerada empresa activa a efectos de bonificación.
- Justificante bancario del pago del recibo
Debe incluir claramente:
- Entidad bancaria
- Titular de la cuenta
- Periodo de pago
- Concepto de la operación
Este justificante valida que el recibo de cotizaciones ha sido abonado correctamente, completando así la acreditación ante Fundae.
¿Por qué es importante acreditar correctamente la nueva creación?
Realizar esta gestión desde el inicio evita incidencias en el aplicativo, garantiza el acceso inmediato a la formación bonificada y permite que la empresa disponga del crédito que le corresponde desde su primer ejercicio.
👉 ¿Necesitas ayuda con Fundae o la gestión de formación bonificada?
En CGD Empresas acompañamos a las compañías en todas sus gestiones con Fundae: acreditaciones, creación de empresas, control documental y optimización del crédito formativo.
Contáctanos y nos encargamos de todo para que puedas centrarte en tu negocio.